AVISO: Trámite modificado el 07.09.2011 por la entrada en vigor de la Ordenanza Medios de Intervención en la Actividad Urbanística (MIAU).
Son obras mayores de carácter estructural , cuya finalidad es afianzar, reformar o restituir elementos dañados de la estructura portante del edificio, para asegurar su estabilidad y mantener sus condiciones básicas de uso, con posibles alteraciones menores de su estructura o su distribución.
La consolidación podrá ser parcial, cuando afecte a los elementos de la estructura del edificio sobre los que pueda actuarse aisladamente, o total, si afecta a todo el edificio
En este tipo de obras se incluyen los refuerzos de la cimentación, la sustitución o el refuerzo de forjados en mal estado, la consolidación de fachadas en mal estado, la consolidación de fachadas mediante atados, la reparación de estructuras de cubierta etc.. Pueden referirse también a obras necesarias para asegurar la estabilidad de ruinas y elementos parciales que pudieran subsistir de edificios arruinados de las normas del P.G.O.U de 2001.
Tipología:
Los supuestos contemplados e el art. 1.3.6.1.b de las Normas del P.G.O.U, art. 8.1.2.1 de las Ordenanzas de edificación y art.1 del Reglamento de Disciplina Urbanística.
El objeto de este tipo de obras consiste en afianzar, reforzar o restituir los elementos dañados para asegurar la estabilidad del edificio, siendo la principal característica de las obras:
- Refuerzos puntuales de cimentación
- Sustitución de partes de forjado en mal estado
- Consolidación de fachadas mediante atados parciales
- Reparación de cubiertas con sustitución de pared o sustitución de la misma con iguales resultados formales.
- Otras Análogas
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