Contra actos de aplicación y efectividad de tributos y restantes ingresos de Derecho público Municipal, regulado en los artículos 108 de la Ley 7/1985, de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL en adelante) en la redacción dada por el artículo primero de la Ley 57/2003, de 16 de Diciembre de medidas para la modernización del Gobierno Local, articulo 37.3 LBRL añadido por la Ley anterior y 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo (TRLH en adelante).
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