Las Asociaciones de Vecinos o cualquier tipo de Entidad sin ánimo de lucro voluntariamente inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas deberán comunicar los cambios producidos para poder solicitar subvenciones municipales, participar en el Pleno Municipal o realizar en general actuaciones relacionadas con el Ayuntamiento.
El solicitante tendrá la obligación de comunicarse con el servicio de Participación Ciudadana cada cinco años para notificar si se han producido cambios en los datos de la Entidad. Para ello se utilizará el procedimiento de Actualización en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas, indicando si se han producido o no cambios en dichos datos. Si transcurridos estos cinco años no se ha recibido ningún tipo de comunicación por parte de la Entidad se podrá proceder a la baja de oficio en el Censo.
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