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  • 2016-12-09 (xsd:date)
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  • Destinatarios:

    • Están obligados a comunicar al Ayuntamiento la realización del hecho imponible en los mismos plazos que los sujetos pasivos:
    • El donante o la persona que constituya o transmita el derecho real de que se trate en las transmisiones a título gratuito siempre que se hayan producido por negocio jurídico entre vivos.
    • El adquirente o la persona a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate en las transmisiones a título oneroso.

    Con efectos 1-1-2013, el Registro de la Propiedad no practicará la inscripción correspondiente de ningún documento que contenga acto o contrato determinante de las obligaciones tributarias por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, sin que se acredite previamente haber presentado la autoliquidación o, en su caso, la declaración, del Impuesto , o la comunicación a que se refiere la letra b) del apartado 6 del artículo 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo.

    A tal efecto junto al impreso de comunicación deberá necesariamente exhibirse copia simple de la escritura de la transmisión efectuada cuando se presente dicha comunicación en las oficinas de Vía Hispanidad nº 20. Si se presentase en cualquier otro registro deberá aportarse necesariamente copia de la misma.

     

    (es)
skos:historyNote
  • Concepto creado como parte del listado inicial de servicios públicos a partir del listado de servicios del ayuntamiento de Zaragoza
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  • 2016-12-09 (xsd:date)
skos:prefLabel
  • Plusvalía. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: Comunicación. (es)
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