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  • 2016-12-09 (xsd:date)
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  • ALTAS: Los sujetos pasivos que no estén exentos del impuesto están obligados a presentar declaración de alta-autoliquidación antes del transcurso de un mes desde el inicio de la actividad o, en el caso de dejar de disfrutar de exención, en el mes de diciembre inmediato anterior al año en el que el sujeto pasivo resulte obligado a contribuir por el impuesto, así como a ingresar su importe en la Tesorería municipal.
    Las bonificaciones o beneficios fiscales de carácter rogado deberán solicitarse al presentar la declaración de alta en la matrícula del impuesto.

    VARIACIONES: Los sujetos pasivos incluidos en la matrícula del impuesto estarán obligados a presentar declaración mediante la que se comuniquen las variaciones de orden físico, económico o jurídico que se produzcan en el ejercicio de las actividades gravadas, en el plazo de un mes desde la fecha en que se produjo la circunstancia que motivó su variación, y surtirán efecto en el ejercicio inmediato siguiente a aquél en que se declaren.

    BAJAS: Los sujetos pasivos que cesen en el ejercicio de una actividad están obligados a presentar declaración de baja en la actividad, en el plazo de un mes desde la fecha de cese en la actividad o, en el caso de estar incluido en la matrícula y acceder a la aplicación de una exención, durante el mes de diciembre inmediato anterior al año en el que el sujeto pasivo quede exonerado de tributar por el impuesto.

    (es)
skos:historyNote
  • Concepto creado como parte del listado inicial de servicios públicos a partir del listado de servicios del ayuntamiento de Zaragoza
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  • 2016-12-09 (xsd:date)
skos:prefLabel
  • Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): Altas, Bajas y Variaciones. (es)
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