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  • 2016-12-09 (xsd:date)
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  • En función de las características de los motores, la clase de combustible que consuma el vehículo y la incidencia de la combustión en el medio ambiente siempre que cumplan las condiciones y requisitos siguientes:

    • Que se trate de vehículos híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diesel o eléctrico-gas) que estén homologados de fábrica, incorporando dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes. Estos vehículos disfrutarán de una bonificación del 50% en la cuota del impuesto durante cuatro años naturales desde su primera matriculación.
    • Que se trate de vehículos de motor eléctrico y/o emisiones nulas. Estos vehículos disfrutarán de una bonificación del 60% en la cuota sin fecha fin de disfrute.
    • Cuando, como resultado de la aplicación de la bonificación resulte a ingresar una cuota inferior a la anual prorrateada por trimestres naturales, se elevará automáticamente hasta el importe de ésta.
    • Para el disfrute de esta bonificación, se exigirá, además de los requisitos anteriores, estar al corriente de pago de todas las exacciones municipales tanto en el momento de la solicitud como en el de cada devengo del impuesto, así como que estos últimos estén domiciliados.
    (es)
skos:historyNote
  • Concepto creado como parte del listado inicial de servicios públicos a partir del listado de servicios del ayuntamiento de Zaragoza
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dcterms:modified
  • 2016-12-09 (xsd:date)
skos:prefLabel
  • Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM): Bonificacion en función de las características de los Motores, la clase de Combustible que consuma el vehículo y la incidencia de la combustión en el Medio Ambiente (es)
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