Se trata de una licencia para el transporte escolar o de menores que deberá solicitarse junto con una serie de documentación inicial. La administración podrá conceder estas licencias de manera provisional cuando se tratan de solicitudes para el transporte de rutas escolares con objeto de que las empresas solicitantes puedan realizar estos servicios lo antes posible a pesar de no haber presentado toda la documentación necesaria.
En el periodo no superior al 31 de octubre las empresas concesionarias deberán presentar toda la documentación relacionada con el contrato firmado entre dicha empresa y el centro escolar correspondiente. De no ser así el expediente se cerrará y archivará, quedando sin efecto la licencia previamente concedida de forma provisional.
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