Se trata de un recurso administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado o disposición a solicitud del interesado y dentro de los plazos y normas establecidas.
Los requisitos que deben cumplirse para poder presentar dicho recurso son:
- Que se interponga contra resoluciones y actos de trámite que no pongan fin a la vía administrativa.
- Que se interponga en el plazo legalmente establecido.
El plazo para la interposición de un recurso de ALZADA será de 1 mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera el plazo será de tres meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo a su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.
El procedimiento termina con una resolución del órgano competente, en un plazo de 3 meses desde la interposición del recurso. Este recurso agota la vía administrativa.
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