Las entidades que hayan recibido Subvenciones para Actividades Juveniles deben presentar su justificación.
Toda justificación comprende tres partes documentales:
- Instancia de presentación de la Justificación,
- Resumen de datos (Memoria) que tiene por finalidad comprobar el desarrollo de las actividades según el proyecto valorado en la solicitud de las actividades subvencionadas
- Gestión económica adecuada del importe concedido y que corresponda al proyecto subvencionado
Mientras no se apruebe la justificación a presentar no se podrá abonar el 100% del importe concedido. Con la Adjudicación de las Subvenciones se inició el procedimiento de pago del 80% del importe concedido y el procedimiento para el pago del 20% restante se iniciará cuando se haya aprobado la Justificación. Por lo tanto, cuanto antes se presente la Justificación, antes puede iniciarse el trámite para su aprobación y pago.
Más información en el apartado de Normativa.
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